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miércoles, 15 de junio de 2011

Detectan 452 puestos de comercio ilegal en el centro de la ciudad de Córdoba

La mayoría se dedica a la venta de indumentaria y calzado. La medición tendrá regularidad y busca mostrar los efectos de la competencia desleal.

La Cámara de Comercio de Córdoba dio a conocer ayer su primer informe sobre la incidencia del comercio ilegal en el centro de la ciudad de Córdoba, una herramienta con la que la entidad busca comenzar a mostrar la situación de competencia desleal a la que se enfrentan muchísimos de sus asociados, frente a negocios que no tributan impuestos ni afrontan ninguna de las cargas que implica ejercer la actividad comercial.

El relevamiento estuvo a cargo de la consultora MKT, que realizó la primera toma de datos entre el 3 y el 7 de mayo y concretará los siguientes en forma mensual con el fin de estimar la evolución y la composición del comercio ilegal. Los relevamientos se harán por la mañana, en días hábiles, de modo que los resultados sean comparables entre sí.

El primer informe arroja que, en las 108 manzanas céntricas en que se relevan los puestos ilegales, se detectaron 452 puntos de comercialización.

Esta es la situación general en el macrocentro, un área definida entre las calles y avenidas Chacabuco-Maipú / Sarmiento-Humberto Primo / Avellaneda-Calasanz y bulevar San Juan- bulevar Illia.

“La mayor parte de estos puestos son del rubro Indumentaria y calzado con 184 puestos detectados (40,7 por ciento del total). Le siguen los rubros Alimentos y bebidas, con 70 puestos (15,5 por ciento) y Juguetería y esparcimiento, con 65 puestos (14,4 por ciento)”, indica el trabajo.

Por supuesto, la concentración es muy superior en el microcentro (27 de Abril-San Je-rónimo / Tucumán-Belgrano / Santa Rosa-Lima y Rivadavia-Buenos Aires), donde están 309 puestos, el 68,4 por ciento del total.

En la zona del microcentro la mayor cantidad de puestos corresponde a Indumentaria y calzado, con 140 puestos encontrados (45,3 por ciento del total), siguiéndole Óptica, fotografía y relojería, con 48 puestos (15,5 por ciento y Juguetería y esparcimiento, con 41 puestos (13.3 por ciento).

En la zona exterior al micro centro se detectaron 143 puestos ilegales, siendo la mayor can-tidad correspondiente a Indumentaria y calzado, con 44 puestos relevados (30,8 por ciento), siguiéndole Alimentos y be-bidas con 41 puestos (28,7 por ciento) y Juguetería y esparcimiento con 24 puestos (16,8 por ciento).

En un estudio previo realizado por Ieral, de la Fundación Mediterránea, a instancias de la Cámara de Comercio, se calculó que alrededor de la mitad de la actividad comercial en su conjunto se desenvuelve en distintos grados de informalidad, con lo que sobre transacciones por unos 7.000 millones de pesos no se reconoce propiedad intelectual alguna ni se pagan impuestos, entre otras consecuencias.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/negocios/detectan-452-puestos-comercio-ilegal-centro-ciudad-cordoba

 

Se desmayó abogado en Tribunales de Córdoba

Denunció pésimas condiciones de trabajo y hacinamiento.

El abogado  José Raúl Tissera contó que se desvaneció en un despacho de los Tribunales de Córdoba y debió ser internado luego de ser obligado a estar parado más de tres horas durante una audiencia que formó parte de un juicio laboral que él le está llevando a un cliente.

El episodio ocurrió el pasado jueves 19 en el Juzgado de Conciliación de 1ª Nominación. Tissera contó que en un espacio de dos metros por dos metros, debieron estar parados y apretados durante largas horas cinco abogados y tres de los protagonistas del juicio laboral, mientras una escribiente tipeaba sobre asuntos vinculados a la prueba del juicio.

“De pronto y mientras dictaba - recordó el abogado- comencé a desvanecerme. Tuve una espantosa sensación de que las cosas daban vueltas, de que me desplomaba. Fui llevado hasta la cocina para beber agua y aflojar la corbata. Allí permanecí media hora siendo luego trasladado al Hospital Privado”.

El diagnóstico médico fue lipotimia, “debido a que estuvo de pie e inmovilizado durante tres horas sin tomar ni una gota de agua”. Tissera dijo que el médico le recomendó “nunca más trabajar en esas condiciones insalubres y perniciosas para la salud”.

El abogado tiene 70 años, y según contó, pasó “45 de ellos transitando diariamente los pasillos tribunalicios y ejercitando la profesión como abogado independiente, sin posibilidad siquiera de enfermarme”. Dijo que no quiere terminar en una silla de ruedas por un accidente cerebro vascular (ACV) y exigió que las autoridades judiciales de la provincia mejoren las condiciones de trabajo en los juzgados de Conciliación.

El caso se conoció hoy debido a que Tissera elevó una nota contando lo ocurrido ante la comisión directiva del Colegio de Abogados de Córdoba.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/se-desmayo-abogado-tribunales-cordoba 27/05/2011 13:17, por Redacción LAVOZ

martes, 14 de junio de 2011

Fraude a la ART Provincia: detienen a dos abogados

Lo ordenó el fiscal Antuña. Eran "apoderados" de la ART Provincia (Banco Provincia de Buenos Aires).

El fiscal de 27 Nominación, Mariano Antuña, ordenó la semana pasada la detención “de dos nuevos abogados” en el marco de la causa por el millonario fraude contra la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) Provincia, según confirmó esta mañana el funcionario judicial.

“Eran apoderados de la ART Provincia, Banco de la Provincia de Buenos Aires”, precisó el fiscal.

Antuña señaló a Mitre 810 que ambos fueron imputados como supuestos autores del delito de “asociación ilícita”.

“Además de los delitos que se venían investigando que eran las estafas continuadas a la ART, más certificados médicos falsos continuados, la nueva prueba que se ha reunido permite establecer vínculo y connivencia, un actuar conjunto y organizado, con división de tareas y planificaciones de planes delictivos entre estos dos abogados, que supuestamente representaban a Provincia (ART) y dos  abogados  y dos médicos de los que ya estaban imputados”, explicó.

Según informó la emisora cordobesa, los letrados imputados son “Claudio Horacio Viale” y “Francisco José Rueda”.

“No sabemos dónde puede terminar”, sostuvo el fiscal al referirse al curso de la investigación.

Causa. Antuña reemplazó al fiscal Enrique Gavier en la línea de investigación de demandas fraudulentas por supuestas enfermedades laborales de empleados municipales. Gavier se apartó de esta parte de la causa debido a que uno de los abogados defensores de un imputado es pariente suyo.

La pesquisa de la industria del juicio se abrió en Córdoba luego de que, a fines de 2009, el superintendente de Riesgo del Trabajo, Juan González Gaviola, amenazara con presentar una denuncia ante la Justicia Federal por la alta litigiosidad laboral en Córdoba.

A partir de esa intervención, el Tribunal Superior de Justicia motorizó la investigación. El 12 de agosto del año pasado hubo allanamientos ordenados por el fiscal Gavier, y se detuvo e imputó a cuatro médicos y cuatro abogados.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/fraude-art-provincia-detienen-dos-abogados

La Justicia defiende difusión de boleta

Ante las críticas de candidatos, el Tribunal Superior dijo que la campaña es progresiva. Pusieron como ejemplo la experiencia de Pilar.

El Poder Judicial defendió ayer la campaña de difusión del nuevo sistema de votación con boleta única que los cordobeses utilizarán el 7 de agosto próximo para elegir gobernador, vicegobernador, legisladores provinciales y tribunos de Cuentas, y también intendente, concejales y tribunos de Cuentas municipales en las localidades donde se vote el mismo día.

Voceros del Tribunal Superior, el organismo judicial que diagramó la campaña junto con la agencia Romero Victorica, salieron al cruce de los cuestionamientos que formularon los principales candidatos a gobernador: José Manuel de la Sota (PJ), Luis Juez (Frente Cívico), Oscar Aguad (UCR), Griselda Baldata (Coalición Cívica) y Eduardo Salas (Frente de Izquierda).

Todos coincidieron en que a la campaña de difusión en marcha le “falta información”. Las críticas apuntaron, en particular, a la “escasa información” de los avisos televisivos “sobre la forma en que se debe usar” la boleta única.

Desde el alto cuerpo respondieron que al anunciar el proceso de difusión, se les explicó “a los representantes partidarios y a los periodistas” que la campaña iba a ser progresiva, y anunciaron que “en los últimos 40 días antes de la elección se intensificará la capacitación” en cantidad, profundidad y variedad. “La campaña de difusión marcha de acuerdo con lo previsto”, afirmó una fuente judicial que puso como ejemplo lo que ocurrió el domingo último en la localidad de Pilar.

Además, anoche difundieron que desde su lanzamiento, el 13 de junio pasado, el sitio www.eleccionescordoba.com.ar ha recibido 25 mil visitas, el 95 por ciento de ellas de usuarios cordobeses. Las páginas más visitadas de ese sitio son las que contienen el simulador de votación con boleta única y las preguntas frecuentes.

Otro vocero del Tribunal Superior dijo que “los candidatos están muy ansiosos y es probable que algunos quieran sacar una que otra ventaja de un proceso en el cual todos debemos estar comprometidos para que salga bien”. “Hasta hace poco no estaba definido aún el modelo de boleta; no podíamos salir a mostrar y a capacitar a la gente con un modelo de boleta que podía cambiar”, explicó.

El caso Pilar. Lo que ocurrió en Pilar, el domingo último, llevó tranquilidad a las autoridades judiciales. Dos datos objetivos confirmaron ayer el éxito de la experiencia. Por ejemplo, entre votos recurridos y nulos, el porcentaje apenas supera los cuatro puntos. Y si sólo se consideran los nulos (en los que se supone que el elector pudo cometer algún error), el porcentaje desciende a 3,44 puntos, sobre un total de 73,53 por ciento de electores.

En números se traduce a 280 votos anulados sobre un total de 8.141 electores, lo que permite afirmar que se trató de un porcentaje bajo, menor del que se generaba con la decenas de papeletas con la sumatoria.

Diego Druetta, presidente de la Junta Electoral municipal, evaluó como “positivo” el uso de la boleta única, y aseguró que el porcentaje de error fue “muy bajo”.

En el mismo sentido se pronunciaron los veedores del Tribunal Electoral de Córdoba que calificaron de “excelente” el funcionamiento de la boleta única en Pilar.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/justicia-defiende-difusion-boleta

Un fideicomiso inconstitucional

Es inconstitucional, por varias razones, el fideicomiso celebrado entre la Municipalidad de Córdoba y Nación Fideicomisos SA. Antonio María Hernández.

El Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba sancionó, el 19 de mayo pasado, la ordenanza número 11.934, que en su artículo 1º dispone: “Ratifícase el Acuerdo Marco para el Desarrollo de Obras de Infraestructura celebrado entre la Municipalidad de Córdoba, representada por el intendente Daniel Oscar Giacomino, y Nación Fideicomisos SA, representada por Roberto Fabián Ríos, con fecha 16 de noviembre de 2010, que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza”.

Sostengo la inconstitucionalidad de esta norma por las siguientes razones:

1) Se violó el artículo 78 de la Carta Orgánica Municipal, inciso 12, que exige doble lectura para las ordenanzas que dispongan contraer empréstitos y créditos públicos por más de cuatro años.

Esa norma impone un quórum agravado de dos tercios del total de miembros del Concejo en cada votación, además de la realización de una audiencia pública entre ambas lecturas. Al aprobarse en una sesión, se desconoció la Carta –que es una verdadera Constitución local, con supremacía sobre el resto de las disposiciones municipales– y se incurrió en inconstitucionalidad, por lo que esa ordenanza debe ser declarada de nulidad absoluta.

2) Aquel acuerdo marco es un empréstito –aunque no se lo diga–, tal como lo indican incuestionablemente las distintas obligaciones que se asumen, que alcanzan a un monto de 466.681.553,16 pesos, según se expresa en el Anexo junto con las obras a realizar.

Recuérdese al respecto que “existe empréstito cuando el Estado recurre al mercado en demanda de fondos, con la promesa de reembolsar el capital en determinadas formas y términos y de pagar un interés periódico” (Carlos M. Giuliani Fonrouge, Derecho financiero , volumen II, 4ª edición, Depalma, Buenos Aires, 1990, página 1.179). Y ante la magnitud del monto, es también indudable que no se puede concebir que esos créditos se contraigan por menos de cuatro años.

3) Que la inconstitucionalidad señalada también se fundamenta en la extensísima delegación que se efectúa en la cláusula sexta del acuerdo, que viola un principio fundamental de nuestro régimen político: la indelegabilidad de funciones, según lo consagra de manera categórica el artículo 13 de la Constitución Provincial.

4) Asimismo, existió desconocimiento del artículo 46 de la Carta Orgánica Municipal, en cuanto a los requisitos establecidos para el pago del capital e intereses de los empréstitos.

5) Se trata de una metodología que afecta el sistema republicano, porque busca evitar los controles, como ya se conoce con la penosa experiencia de los fideicomisos profusamente utilizados en los últimos años, con sonadas denuncias de corrupción.

6) Finalmente, también se afecta el federalismo y la autonomía municipal, al subordinarse el gobierno local a decisiones que se toman en otros ámbitos.

 

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/opinion/fideicomiso-inconstitucional

 

Justicia de Córdoba rechazó primer amparo de una persona que quiere cambiar de sexo y DNI

La magistrada Raquel Villagra de Vidal, titular del Juzgado de Primera Instancia y 48ª Nominación Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, denegó el recurso de amparo presentado por las abogadas María Eugenia Monte y Leticia Gavernet en representación de una mujer de 35 años de edad que pretende obtener la autorización judicial para rectificar su partida de nacimiento y conseguir luego un nuevo DNI a nombre de Fernando Martín Rodríguez Benavides, la identidad que utiliza habitualmente en su vida normal.


La medida de la jueza fue apelada ayer por las letradas patrocinantes y se aguarda que entre hoy y mañana se decida la aceptación o rechazo de este recurso para que luego se aboque al caso la Cámara seleccionada por sorteo.
“Nuestro defendido Fernando Martín Rodríguez Benavides es un transexual que está inscripto en su partida de nacimiento como mujer pero él se considera un hombre. Por esta razón recurrió a la justicia de Córdoba con el objetivo de que se modifique registralmente su acta de nacimiento, se expida un nuevo DNI y se le otorgue la autorización judicial para operarse y cambiar al sexo que lo identifica como persona”, explicó la abogada María Eugenia Monte en diálogo con LA MAÑANA.


La profesional destacó que este es el primer amparo que se presenta en Córdoba y en el interior del país por este tipo de procedimientos, con el apoyo del Frente Nacional para la Ley Nacional de Identidad de Género.
“En Buenos Aires ya hubo amparos con resultados favorables. En Córdoba lamentablemente la jueza Villagra de Vidal se expidió en dos horas, con una breve resolución, sobre un recurso que tenía más de 60 páginas. Ahora confiamos que se nos permitirá apelar ante la Cámara”, continuó Monte.


En sus fundamentos la magistrada rechazó la medida cautelar asegurando que el pedido no era urgente.
“Este fallo atenta contra derechos fundamentales como el de la autonomía del propio cuerpo, el reconocimiento de la identidad y expresión de genero. También constituye un desconocimiento grave de la realidad de las personas transexuales quienes al no contar con un DNI acorde a su aspecto físico sufren discriminación en todos los ámbitos de la vida como el acceso al trabajo, a la salud y a la educación. Este tipo de resoluciones insensibles también incitan a las personas transexuales a someterse a cirugías ilegales y clandestinas con el peligro que esto conlleva hacia su vida”, aclaró la profesional.
María Eugenia
Monte recordó que en la Cámara de Diputados de la Nación ya está en estudio un proyecto de ley sobre la materia que agilizará todos los trámites de cambio de identidad, de DNI y potenciar las cirugías seguras para personas como Fernando Martín Rodríguez Benavides.


“El siempre se ha considerado un hombre, pese a que tiene cuerpo de mujer. Por eso reclamamos a la justicia que le permita ejercer este derecho. En Buenos Aires ya existen varios antecedentes favorables y ahora lo planteamos en Córdoba como un caso testigo para el interior del país”, concluyó la abogada.


Si la jueza Villagra de Vidal hace lugar a la apelación, el amparo será sometido al análisis de una de las Cámaras de Córdoba, que surgirá obviamente de un sorteo dispuesto por el Tribunal Superior. Si la magistrada en cambio rechaza la acción de las abogadas, éstas igualmente podrán recurrir en casación al Tribunal Superior de Justicia.

 

Fuente:  http://www.lmcordoba.com.ar/nota.php?ni=58996

domingo, 5 de junio de 2011

Municipios sólo difunden en la Web 18% de la información de interés público

Informe del Iaraf: se hizo un relevamiento de las páginas oficiales de 40 administraciones locales en la provincia.

La difusión de información tributaria relevante para los ciudadanos no parece ser una prioridad para la mayoría de los municipios cordobeses.

Según un estudio del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), sólo 18 por ciento de la información relevada de interés público es difundida en los sitios web de las comunas.

El trabajo realizado por los economistas Nadin Argañaraz, Sofía Devalle y Soledad Celdrán relevó, al 28 de febrero último, las páginas oficiales de 40 municipios de Córdoba.

De los 248 municipios que hay en la provincia (no se consideraron las comunas), sólo 110, el 44 por ciento, poseen un sitio oficial en Internet.

Para realizar la medición, el Iaraf construyó un Índice de Visibilidad de la Información Fiscal (IVIF), que agrupa en un solo indicador distintas variables.

Se relevaron 19 temas referidos a presupuesto, ejecución presupuestaria, planta de personal, deuda pública, licitaciones públicas y normativa tributaria.

El rubro sobre el cual más jurisdicciones publican información es presupuesto (21 de ellas, 53 por ciento de las relevadas). En el otro extremo, sólo dos municipios difunden datos sobre su deuda pública. Las otras variables, sólo están presentes en 10 y 15 de los sitios web de las localidades cordobesas.

Cuánto muestran. “Este resumen muestra que la difusión de información fiscal es bastante reducida en el ámbito local de la provincia”, dice el Iaraf. “Esto resulta más preocupante si se tiene en cuenta que el relevamiento se realizó en municipios que ya cuentan con un sitio oficial”, agrega.

Adicionalmente, el Iaraf construyó un índice corregido por la desagregación de la información. Este indicador arrojó un valor de 0,18, lo que implica que apenas 18 por ciento de la información relevada, considerada de interés público, es difundida en Internet.

De todos modos, la muestra evidencia una gran disparidad. Desde Jesús María, con un valor de 0,75; pasando por Cruz del Eje, Río Cuarto, San Francisco, Villa María y Deán Funes, con valores de entre 0,52 y 0,62; hasta 11 municipios que tienen menos de 0,10. En los últimos lugares se encuentran Marcos Juárez, Villa Allende, Laboulaye, Monte Buey y Los Cocos, con menos de cinco por ciento de visibilidad.

Como dato destacable, otras 12 localidades no difunden ninguna información de este tipo, es decir, el IVIF corregido es igual a cero. Entre ellos, se encuentran Arroyito, Cosquín, Luque, Capilla del Monte, Valle Hermoso y Vicuña Mackenna.

La ciudad de Córdoba se encuentra por encima del promedio, aunque en el noveno lugar, con un valor de 0,41 punto.

En el rubro presupuesto, la capital de la provincia sólo muestra el 10 por ciento de la información relevante, en Ejecución Presupuestaria, el cuatro por ciento; en Legislación Fiscal y publicación en el Boletín Oficial , 12 por ciento y en Licitaciones, 15 por ciento. En cambio, casi no muestra datos referidos a su planta de personal.

Como datos cualitativos, el informe del Iaraf señala que algunos municipios (Colonia Caroya, Deán Funes y Jesús María) poseen un portal de transparencia. Otros, como Córdoba, Río Cuarto y Río Tercero poseen un amplio grado de detalle en licitaciones y contrataciones.

Deán Funes y Jesús María poseen un listado de proveedores. Río Cuarto y Villa María son tomados como “ejemplo” por el detalle que tienen en sus ejecuciones fiscales.

Como conclusión, el Iaraf señala que queda mucho por hacer en materia de transparencia gubernamental en el ámbito local. De todos modos, aclara que muchas veces esta falta de difusión responde a una cuestión cultural  y no a una falta de voluntad política. Además, en varias ocasiones resulta costoso construir indicadores o sintetizar información.

Por último, considera “deseable generar un sistema en Internet, adaptable a las leyes y parámetros provinciales, que permita unificar criterios y realizar comparaciones” para realizar un programa integral de transparencia y rendición de cuentas.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/municipios-solo-difunden-web-18-informacion-interes-publico

 

 

 

Caso Lapa: sobreseyeron a los dos máximos ejecutivos

Son el presidente, Gustavo Deustch, y el vicepresidente, Ronaldo Boyd. La querella anticipó que recusará a camaristas y apurará el juicio político contra el presidente del tribunal.

El sobreseimiento de los dos máximos ejecutivos de Lapa que ayer decidió la Justicia federal en la causa por la tragedia del avión de esa empresa que hace casi 12 años causó la muerte de 65 personas y heridas graves a otras 17, en su gran mayoría cordobeses, será apelado de hecho por la defensa de los familiares de las víctimas.

El abogado Hugo Wortman Jofré anticipó a este diario que la querellante Asociación Civil de Víctimas Aéreas a la que representa recusará a los dos integrantes de la Cámara de Casación Penal por supuestamente haber anticipado el fundamento del voto que sustentó ayer el Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4) para decretar el sobreseimiento y, de lograrlo, pedirá un nuevo pronunciamiento.

También informó que la semana pasada presentó, en nombre de la Asociación, un recurso extraordinario de queja ante la Corte Suprema de Justicia tras el rechazo por Casación de la calificación de estrago doloso solicitado por la querella contra los ocho imputados.

La Asociación insistirá, además, a nivel político, con su pedido de juicio contra el presidente del TOF 4, Leopoldo Bruglia. El jueves próximo se reunirá con el senador nacional Mario Cimadevilla (UCR-Chubut), integrante del Consejo de la Magistratura, para insistir en su pedido de enjuiciamiento por presunto mal desempeño.

“Bruglia es el artífice de la mora del juicio que, en vez de seis meses, duró dos años, como parte de una estrategia para dictar la prescripción, como finalmente sucedió ayer”, dijo a este diario Rubén Alabi, familiar de una de las víctimas.

Ayer, el TOF 4 dictó el sobreseimiento del presidente y del vicepresidente de la hoy inexistente Lapa (Líneas Aéreas Privadas Argentinas) al momento de la tragedia, Gustavo Deustch y Ronaldo Boyd, después de declarar extinguida la acción penal por prescripción. Para decidir la prescripción, el TOF 4 tomó como fecha la del auto de citación a juicio (11 de mayo de 2006) y no cuando de hecho comenzó el debate (20 de febrero de 2008). De ese modo, los cuatro años que les habría correspondido como pena máxima por el delito de estrago culposo se cumplieron en mayo de 2010, pero la prescripción fue dictada recién ayer, después de la apelación ante Casación.

El argumento de contar para la prescripción a partir de la fecha del auto de citación a juicio le fue proporcionado al TOF 4 por el fallo de dos de los tres camaristas de Casación; el tercero, en cambio, fundamentó que debía contarse desde el inicio fáctico del juicio.

Los tres camaristas se habían pronunciado así el 3 de mayo pasado, más de un año después de la apelación presentada por la querella, cuando Casación confirmó la absolución de dos gerentes de Lapa y de dos oficiales de la Fuerza Aérea y la condena a tres años de prisión en suspenso de otros dos gerentes, en tanto delegó en el TOF 4 decidir sobre la prescripción pedida por los máximos ejecutivos, Deutsch y Boyd.

“El sobreseimiento por prescripción no hace más que confirmar que el Estado no garantiza la Justicia a los ciudadanos. La demora no fue responsabilidad de la instrucción de la causa, sino de ellos (los del TOF 4)”, evaluó el abogado.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/sucesos/caso-lapa-sobreseyeron-dos-maximos-ejecutivos

"Estos jueces le ponen la firma a la impunidad"

Los familiares de las víctimas y sobrevivientes de la tragedia de Lapa expresaron su bronca por este nuevo revés judicial.

Los familiares de las víctimas y sobrevivientes de la tragedia de Lapa expresaron su bronca por este nuevo revés judicial.

Criticaron a los jueces, insistieron que apelarán y añadieron que no bajarán los brazos en la lucha. “Nada sorprende con el juez (Leopoldo) Bruglia, del Tribunal Oral Federal 4, si vemos que viene demorando todo desde el principio para beneficiar a todos con la prescripción. Y con esta resolución, garantiza y reconoce que demoró todo a propósito”, dijo ayer Miguel Correa, presidente de la Asociación Civil de Víctimas Aéreas, parte querellante en este proceso. “Bruglia y sus pares pusieron la firma y el sello para garantizar la impunidad”, indicó Correa, quien perdió a su padre en la tragedia aérea.

Rubén Alabi, quien sufrió la muerte de su hermano en la tragedia aérea, volvió a poner un manto de dudas sobre la ética de algunos jueces. “Acá se está tocando a gente poderosa y hay mucha plata de por medio. Y esa plata compra muchas voluntades”, indicó Alabi, quien de inmediato agregó: “Pero este fallo nos da fuerzas para seguir adelante, seguir luchando”.

Además de las apelaciones que tienen previstas realizar tanto en la Cámara de Casación como ante la Corte Suprema de Justicia, insisten con reunirse con la presidenta Cristina Fernández. Quieren expresarle su dolor e indignación por lo que consideran “una falta de justicia” por parte del Estado. La reunión posiblemente podría concretarse el jueves de la semana próxima. Aunque no está claro si serán atendidos por la Presidenta o por su secretario general, Oscar Parrilli.

La Corte Suprema es la última instancia nacional. Si la resolución es contraria, irán ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA.

–¿El fallo es un golpe letal para la lucha de ustedes?

Responde Correa: –Y... son golpes, latigazos. Te van golpeando estas resoluciones, porque ya pasaron 12 años. Pero te da más fuerza para seguir adelante, hasta el final. Porque ese fue el objetivo que nos planteamos cuando se creó la asociación”.

Juez denunciado. En 2010, tras el polémico primer fallo que absolvió a los principales acusados, la Asociación de Víctimas denunció al juez Bruglia ante el Consejo de la Magistratura. El objetivo: que el juez sea destituido. Correa dijo que Bruglia fue nombrado en 1993 “a dedo” por el ex presidente Carlos Menem. “Y ahora Bruglia tiene que juzgarlo por pago de sobresueldos. Es increíble”, opinó.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/sucesos/estos-jueces-le-ponen-firma-impunidad

 

 

 

El municipio pedirá más ayuda al Tribunal Superior

La Municipalidad de Córdoba pedirá al Tribunal Superior que aporte fiscales públicos a la elección del 18 de septiembre.

La Municipalidad de Córdoba pedirá al Tribunal Superior que aporte fiscales públicos a la elección del 18 de septiembre.

El asesor letrado de la Municipalidad, Carlos Varas, confirmó que intentará persuadir a los miembros del Tribunal para sumar la participación de los fiscales públicos electorales que actuarán en los comicios provinciales del 7 de agosto para la votación de intendente, en la que seguramente también se usará la boleta única.

Así se agrega un nuevo condimento a la polémica que desató la decisión de aplicar el sistema en la ciudad de Córdoba, ya que el gremio que nuclea a los judiciales anticipó su posición negativa y el vocal del Tribunal Superior Armando Andruet estimó que será “difícil”.

En tanto, Varas informó que está pendiente una reunión con el presidente del cuerpo, Domingo Sesín, y el vocal Luis Rubio por este tema. “Hay la mejor disposición del Poder Judicial de que después de la elección provincial la mayor cantidad de recursos humanos que se han capacitado puedan quedar afectados a la elección del 18 de septiembre”, afirmó.

Por su parte, Andruet dijo que “habrá que establecer una línea de cooperación”. “Yo lo veo como una situación de mucha dificultad de que se viabilice”, evaluó y recordó la carga laboral que implica la capacitación de los fiscales públicos, lo que significará el acto electoral en sí y la evaluación posterior.

Mientas, la titular de la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial, Irina Santesteban, se lamentó de que el gremio no fue consultado, explicó que en varias oportunidades interpelaron a autoridades por estos rumores y que obtuvieron una respuesta negativa en ese sentido.

“Otra elección más a un mes de la primera nos parece medio mucho y antes de hacerlo me parece que por lo menos vengan a conversar con los trabajadores”, dijo la gremialista y planteó que las cargas laborales deben ir relacionadas a las demandas de los empleados judiciales.

Santesteban además señaló que aunque el Tribunal Superior dio por finalizada la primera etapa de capacitación en la Capital, aún no está totalmente reglamentada la participación de los fiscales públicos.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/municipio-pedira-mas-ayuda-al-tribunal-superior

 

 

 

Eliminan archivos para dotar de espacio a los tribunales

Empezarán por expedientes de casos cerrados sin valor historiográfico.

LA PLATA.- En la provincia de Buenos Aires, jueces, abogados y fiscales no pueden trabajar con efectividad por falta de espacio en sus oficinas. Por eso, la Suprema Corte de Justicia provin­cial puso en marcha un programa para ordenar y destruir expedien­tes, de modo de poder enfrentar la emergencia edilicia que afecta al Poder Judi­cial.

En una resolución del miércoles pasado, que se conoció ayer, los jueces del máximo tribu­nal bonaerense dispusieron la cre­a­ción de una unidad encargada de organizar los archi­vos de los 18 departamen­tos judicia­les de la provincia y deshacerse de todos los expe­dien­tes que puedan ser físicamente desechados, ya que la constante afluencia de papeles llena el espa­cio disponible y difi­culta el trabajo de los letrados.

En los considerandos de la resolu­ción 1061/11 advierten que "la situación de espacio en el sector de archi­vos de la jurisdicción Administra­ción de Justicia plantea una problemática en la aplicación del procedimiento vigente" y que los planes de organización y limpieza implementados hasta ahora han tenido un éxito parcial. "Si bien se observa en el último año un avance en la frecuencia y el volumen de destrucciones [?], la capacidad de almacenamiento generada si­gue siendo reducida y cubierta rápidamente", señalan los jueces. Esto, dicen, "constituye un fuerte limitante para ejecutar los traba­jos encomendados a los distintos actores intervinientes".

Como ejemplos de expedientes típicos que serían candidatos a la eliminación, voceros de la Corte mencionaron los miles de causas por apremios por deudas impositi­vas en los que los deudores se acogieron a moratorias y, por lo tanto, fueron archivadas sin posi­bilidad de reactivación.

Voceros de la Corte dijeron que no se eliminarán todos los expe­dientes ya cerrados, sino que habrá una evaluación del mate­rial, en la que intervendrán el Departa­men­to Histórico Judicial y orga­nis­mos de derechos humanos. "Los docu­men­tos que tengan valor historio­gráfico o que puedan ser usados en causas de derechos hu­ma­nos se van a conservar, por más que correspondan a trámites cerrados hace tiempo", explicaron.

Con este programa, la Corte pretende lograr resultados más contundentes que los arrojados por iniciativas anteriores. Según sus voceros, la primera fase será "desembarcar en los archivos y ver en qué situación se encuen­tran" y luego se podrá estimar cuánto tiempo lle­va­rán las tareas de organización y depuración.

Fuente: http://www.lanacion.com.ar/1378164-eliminan-archivos-para-dotar-de-espacio-a-los-tribunales

Destacan el daño que hizo Sara Alé al sistema democrático

La Cámara 6ª divulgó los fundamentos del veredicto. Advierten que la conducta de la ex legisladora afectó una sociedad que depositó en ella su confianza.

“Sara Alé no era una persona carenciada ni de alimentos ni de educación, sino que ocupaba un cargo elegido por la ciudadanía para que con su voz defendiera los intereses públicos, voz que ella utilizó para lograr su beneficio personal”. Así resumió la Cámara 6ª del Crimen de la ciudad de Córdoba los fundamentos de la sentencia que terminó con una condena de tres años en suspenso para la ex legisladora peronista Sara Alé, por once hechos de estafa y peculado de servicio.

El autor del voto, el vocal Julio Guerrero Marín, hizo hincapié en la extensión del daño que causó Alé con su conducta y que -a su criterio- excedió la administración pública, afectando el sistema democrático en su conjunto y, con ello, toda la sociedad, “en cuanto una representante de los ciudadanos priorizó sus mezquinos intereses por sobre el mandato que le había sido concedido, buscando su beneficio personal o de sus familiares, lo cual no sólo es una oposición normativa intensa sino también una defraudación de la confianza popular en ella depositada”, indicó Guerrero Marín.

El juez también se refirió a las víctimas directas de lo ocurrido .  “Eran todos trabajadores, que con el empleo conseguido –cuyos sueldos no eran precisamente altos- esperaban cierta estabilidad para poder progresar en la vida, situación que fue manipulada por Sara del Rosario Alé, en su calidad de legisladora provincial, para someterlos y hacerlos sujetos pasivos de sus finalidades delictivas”, explicó.

Al concluir la sentencia,  el juez llamó a la ex legisladora a la reflexión. “Sara Alé debería reflexionar sobre la defraudación de las ideas democráticas que con sus actos realizó, como así también de la confianza de quienes la ubicaron con su voto en calidad de funcionaria pública representante de los intereses públicos”.

Juicio abreviado 

Tras un largo laberinto judicial, hace poco más de 15 días la Justicia provincial dio por cerrada la causa Sara Alé  con una condena para ella de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.

 

El veredicto fue dictado por la Cámara 6ª del Crimen en un juicio abreviado, en el que la dirigente peronista admitió haberles solicitado a sus colaboradores y asesores que le entregaran parte de sus salarios y que a otros los hizo trabajar en su casa particular.

Fuente: http://www.comercioyjusticia.com.ar/2011/06/02/destacan-el-dano-que-hizo-sara-ale-al-sistema-democratico/

 

 

 

Miembros del TSJ no son responsables civiles por recursos que rechazan

 

La sentencia puso en cabeza del demandante los incumplimientos y omisiones que motivaron la desestimación de sus planteos.

Con motivo de la demanda entablada por el progenitor -a quien le fue denegada la tenencia de sus hijos- en contra de los miembros naturales del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), por la cual se imputó responsabilidad civil a los magistrados en función de haber rechazado los recursos que el accionante interpuso en el juicio del fuero de Familia, el Alto Cuerpo, conformado ad hoc para dictar resolución, desestimó liminarmente la acción, tras concluir que “el origen del perjuicio moral cuya reparación se reclama se encontraría –en el mejor de los casos- en la propia conducta desplegada por el progenitor que se dice damnificado, quien por -omisión y defecto- no provocó idóneamente la habilitación de las vías recursivas intentadas”, en tanto presentó tardíamente algunas de sus impugnaciones y -a su vez- otras fueron deducidas sin las copias correspondientes.

Desde 2008, cuando la justicia del fuero de Familia le dio la tenencia de sus tres hijos a su ex mujer, G. F. F. A. promovió las acciones y recursos tendientes a revertir la situación, sin resultado positivo, luego de lo cual inició la acción en contra de los vocales del TSJ, endilgándoles responsabilidad en orden al artículo 1.112 del Código Civil, por entender que -al denegar sus impugnaciones- los jueces habrían “omitido” aplicar la Ley 26061, de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.

El máximo órgano judicial de la Provincia, integrado al efecto por los camaristas Rubén Atilio Remigio, Abraham Ricardo Griffi, Walter Adrián Simes, Alberto Fabián Zarza, Jorge Miguel Flores, María Rosa Molina de Caminal y Héctor Hugo Liendo, rechazó in limine la demanda, al ponderar -por un lado- que el demandante no cumplió con los recaudos formales previstos “bajo pena de inadmisibilidad” en los artículos 792 y 793 del Código de Procedimiento Civil y Comercial (CPCC), en lo que respecta a acompañar las copias que acrediten que se encuentren firmes las resoluciones por las cuales el TSJ desestimó los recursos presentados que dieron lugar a la imputación de responsabilidad.

Por otro costado, el fallo también se asentó en que “la acción resarcitoria en cuestión nunca podría prosperar por falta de un requisito básico y esencial de responsabilidad civil, esto es la antijuridicidad en el obrar de las personas a quien se demanda”, al tiempo que “la improponibilidad objetiva de la demanda intentada (…) se revela ostensible”. En ese sentido, se expuso que, “como se advierte de los decisorios que se denuncian como irregulares el ahora actor no empleó los remedios procesales de un modo eficiente, habiendo incurrido en defectos formales insalvables que impidieron al máximo Tribunal local la revisión de las decisiones que le eran desfavorables”.

“De tal guisa, surgiendo con claridad de los hechos que fundan la demanda, que los mismos no pueden ser fuente de la responsabilidad civil que se atribuye a los Magistrados demandados, corresponde –también- que la pretensión sea declarada objetivamente improponible (argumento artículo 176, CPCC), evitando con ello un desgaste jurisdiccional innecesario, con la consiguiente lesión de los derechos de los accionados, obligados a comparecer a juicio”, resolvió el tribunal.

Fuente: http://www.comercioyjusticia.com.ar/2011/06/02/miembros-del-tsj-no-son-responsables-civiles-por-recursos-que-rechazan/

 

 

Confirmaron que los asesores de Jaime también irán a juicio

La Justicia porteñadeterminó que Manuel Vázquez y su hijo Julián irán a audiencia oral y pública, junto con el ex funcionario de Transporte.

Buenos Aires. La Cámara Federal porteña confirmó ayer la elevación a juicio oral y público de Manuel Vázquez y de su hijo Julián Vázquez, asesores del ex secretario de Transporte de la Nación Ricardo Jaime, por aceptar pasajes de avión pagados por empresarios a los que debían controlar.

La Sala I del tribunal rechazó un pedido de nulidad de los Vázquez contra la elevación a juicio dispuesta por el juez federal Claudio Bonadío, a la que se opusieron por considerar que no hay elementos para juzgarlos y que restaban realizar medidas de prueba. La Cámara había dictado la misma resolución a principio de mes, cuando no hizo lugar a un planteo del propio Jaime contra su juicio oral.

Jaime y los Vázquez serán juzgados por el delito de dádivas por una docena de viajes en taxis aéreos y aviones de línea que realizaron entre 2006 y 2008 a Brasil, Uruguay y Córdoba, que fueron pagados por empresarios que debían ser controlados por los acusados como funcionarios de la secretaría de Transporte.

El Código Penal prevé una pena de uno a dos meses de prisión para el funcionario público que admitiese dádivas entregadas en consideración a su oficio durante el ejercicio del cargo.

Los jueces Jorge Ballestero, Eduardo Farah y Eduardo Freiler rechazaron el planteo de los Vázquez al señalar que la elevación a juicio “resulta autosuficiente en cuanto a las exigencias de la relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos y la explicación sucinta de los motivos en los que se funda con relación a la conducta asumida por los encausados”.

Los Vázquez y Jaime también están siendo investigados por una serie de mails hallados en computadoras del estudio de los ex asesores que darían cuenta de supuestos negociados con empresarios nacionales y extranjeros del transporte, y que podrían complicar al ex secretario en una causa por presunto enriquecimiento ilícito.

La Cámara ordenó, semanas atrás, que se realice una serie de medidas sobre las computadoras para determinar si su cadena de custodia fue violada, tal como denunciaron los Vázquez y Jaime.

Jaime está acusado de presunto enriquecimiento ilícito por seis millones de dólares durante su paso por los Gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner, entre 2003 y 2009, y el juez Norberto Oyarbide y el fiscal Carlos Rívolo le solicitaron que presente una justificación de bienes.

El ex funcionario también está procesado en otra causa por dádivas ya que la Justicia determinó que directivos de la empresa TEBA, a cargo de la Terminal de Retiro cuya concesión le fue extendida hasta 2014 por Jaime, le pagaban los alquileres y fueron garantes de dos departamentos en los que vivió en esta ciudad.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/confirmaron-que-asesores-jaime-tambien-iran-juicio

 

 

 

 

Los jueces no deben reparar las secuelas de un mal negocio

El fallo recordó que la potestad de los magistrados se circunscribe a reparar cuando se han conculcado los límites de la moral o la buena fe.

Al anular la decisión del juez de primera instancia, en el sentido de reducir de oficio los intereses convencionales de un pagaré sin protesto, la Cámara 1ª Civil y Comercial de Córdoba convalidó la tasa estipulada entre las partes -en 30% anual- y recordó que, en esta materia, “los jueces deben reparar cuando se han conculcado efectivamente los límites de la moral o buena fe, pero deben abstenerse de componer un mal negocio económico”.

El demandado permaneció rebelde en el proceso y el juzgado de origen hizo lugar a la acción ejecutiva por 4.000 pesos planteada por Equity Trust Company (Argentina) SA, aunque dispuso morigerar el índice de interés pactado en el documento base de la acción.

En función de la apelación articulada por la ejecutante, la citada Cámara, integrada por Julio Sánchez Torres -autor del voto- y Guillermo Tinti, revocó lo resuelto y ordenó se compute el adicional por mora acordado en el pagaré, que asciende a una tasa de 30% anual.

En sus fundamentos, el fallo expuso que “existe consenso doctrinario y jurisprudencial que los Jueces pueden morigerar los intereses, pero con la aclaración necesaria (de) que esta atribución judicial de reducirlos tampoco es absoluta, dado que existe el riesgo de alterar el equilibrio de las partes en el negocio jurídico”.

“Lo expuesto precedentemente permite afirmar que cuando hay intereses convenidos -caso sub examine- la facultad de prescindir lo pactado es restrictivo” y “tal aserto se apoya en que la desproporción invocada en la instancia anterior, no ha sido alegado, ni menos probada por el deudor accionado en autos”, por lo que “la reducción oficiosa realizada en estas actuaciones no puede admitirse, ya que de lo contrario habría que concluir que la tasa de interés convenida (…) pactada entre las partes y solicitada por el recurrente en su libelo es excesiva o usuraria en abstracto, lo cual no puede admitirse”, señaló el pronunciamiento.

Asimismo, en la misma inteligencia, se señaló que “de seguirse el argumento esgrimido por el sentenciante, resultaría que los deudores morosos encontrarían amparo en los estados de tribunales con el solo alegado (de) que la tasa pactada hiere el sentido de justicia, valor que debe impregnar todo el negocio jurídico”, empero “del incumplimiento, de la situación morosa, al momento de efectuar la reducción, el Juez a quo nada dice”, y “precisamente, la mora (artículo 509 del Código Civil -CC-) lo hace responsable de daños y perjuicios al deudor (artículos 508, 513 del CC); en ningún momento, la conducta incumplidora del demandado puede encontrar un premio en sede judicial”.

En tal orden, se advirtió que, “si la excepción de reducir los intereses como atributo judicial se convierte en regla, le conviene al deudor permanecer en mora, utilizando el dinero obtenido en mayor tiempo y, económicamente, a bajo costo”.

Fuente: http://www.comercioyjusticia.com.ar/2011/06/01/los-jueces-no-deben-reparar-las-secuelas-de-un-mal-negocio/

 

Consumir cannabis en el ingreso al domicilio no es "ostentación"

Los imputados estaban solos en el umbral de un edificio. Al confirmar su sobreseimiento, los camaristas subrayaron que la conducta no dañó ni el orden ni la moral pública, y que era una acción privada.

La Justicia federal porteña confirmó el sobreseimiento de dos jóvenes que habían sido sorprendidos en el umbral de un edificio fumando marihuana, al entender que no hubo ostentación en el consumo ni daños a terceros.

El hecho que dio comienzo al proceso se verificó en septiembre del año pasado, mientras los imputados consumían cannabis en la entrada de un edificio de propiedad horizontal. En esas circunstancias, fueron detenidos por policías federales. Los uniformados les secuestraron dos cigarrillos de marihuana a medio consumir y 25,3 gramos más envueltos en un papel.

En primera instancia, el juez Sergio Torres los sobreseyó. Luego, tras la apelación del Ministerio Público, los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Ballestero confirmaron el fallo basándose en la Constitución Nacional.

Para los magistrados de la Sala I de la Cámara Federal porteña, el acto de fumar marihuana en las condiciones que se verificaron en el caso llevado a su conociemiento configuró una acción privada que no perjudicó a terceros ni ofendió el orden y la moral públicos, tal como sostiene el artículo 19 de la Carta Magna.

Mero uso

Los jueces también subrayaron que la penalización del consumo de drogas no hace referencia al mero uso en lugares expuestos al público, sino que exige que aquél sea realizado con ostentación y trascendencia, lo que implica introducir en la figura la exigencia de un determinado resultado.

 

“Los imputados se encontraban solos en el umbral de un edificio, lo cual no  implicaba un daño al orden y la moral pública ni involucraba un perjuicio para terceros, constituyendo, en definitiva, una acción privada”, enfatizaron los vocales.

Fuente. http://www.comercioyjusticia.com.ar/2011/06/01/consumir-cannabis-en-el-ingreso-al-domicilio-no-es-%E2%80%9Costentacion%E2%80%9D/

 

 

 

Kemelmajer de Carlucci recibió el Honoris Causa de la UNC

Luego de una larga y fructífera trayectoria que ha merecido el reconocimiento de diversas universidades del mundo, el Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba, otorgó ayer el título de Doctora Honoris Causa a la destacada jurista argentina Aída Kemelmajer de Carlucci.

Kemelmajer de Carlucci posee una larga trayectoria en el derecho que la llevó, incluso, a formar parte de la Corte Suprema mendocina durante más de 20 años.

En la actualidad integra la comisión que trabaja en la reforma del Código Civil argentino junto con el presidente de la Corte Suprema de la Nación, Ricardo Lorenzetti, y la vocal de la CSJN, Elena Highton de Nolasco.

Fuente: http://www.comercioyjusticia.com.ar/2011/06/01/kemelmajer-de-carlucci-recibio-el-honoris-causa-de-la-unc/

 

 

 

 

Audiencia de la Corte por la limpieza del Riachuelo

Los expositores deben responder 75 preguntas que elaboró el máximo tribunal.

La marcha del plan de saneamiento del Riachuelo será puesta hoy a consideración de la Corte Suprema, que reanudará la audiencia pública a la que están convocados representantes de los gobiernos de la Nación, la provincia de Buenos Aires y la Ciudad. Participará también de la audiencia la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR).

Este encuentro es la continuación del realizado en marzo y surgió de la necesidad de que las partes responsables de llevar adelante el plan de saneamiento respondan en forma detallada a los requerimientos del tribunal , ya que las respuestas anteriores no conformaron a los jueces.

La Corte lleva adelante esta causa desde que un grupo de vecinos de la cuenca iniciaron una demanda colectiva, conocida como “Mendoza”. Actualmente el juez federal de Quilmes, Luis Armella, es quien tiene a su cargo la tarea de hacer cumplir los lineamientos impuestos por la Corte en la sentencia de junio de 2008, donde ordenó la puesta en marcha del plan de saneamiento.

El tribunal también dispuso concentrar en la ACUMAR “la información concerniente al genuino y preciso grado de avance respecto de cada uno de los diversos mandatos de ejecución obligatoria”.

En el intento de buscar precisiones sobre los avances del plan, la Corte elaboró un cuestionario con 75 preguntas que fue remitido a la ACUMAR. También el tribunal envió pliegos de preguntas, aunque más breves, al Defensor del Pueblo de la Nación y a la Auditoría General de la Nación (AGN). “Se trata de un listado de preguntas muy específico”, que busca “conocer detalles” ya que en las audiencias anteriores los expositores, representantes de los tres estados involucrados en la tarea de saneamiento brindaron explicaciones muy generales . Ahora queremos ir de los detalles a lo general, para ver qué se hizo, qué falta hacer, y por qué algunos puntos, como el de los basurales, lejos de resolverse se agravaron”, señaló una fuente del tribunal.

Una vez analizadas estas respuestas, la Corte realizará una inspección judicial “terrestre y aérea” en la zona afectada.

Fuente: http://www.clarin.com/ciudades/Audiencia-Corte-limpieza-Riachuelo_0_491350976.html

Los jueces hablan de desidia

Mientras el Congreso discute la aprobación de la nueva ley por la tipificación del lavado de dinero como delito autónomo y el país enfrenta en menos de un mes una nueva evaluación del GAFI, se reunieron en Buenos Aires expertos del país y del exterior para exponer sobre un tema de alta sensibilidad para el Gobierno. En esa jornada, el juez del Tribunal Oral en lo Penal Económico n°2, Claudio Gutiérrez de la Cárcova, reconoció que “de todas las causas de narcotráfico que pasaron por su despacho, muy pocas o ninguna ” tuvieron continuidad a través de investigaciones por lavado del dinero de la droga. Por el escritorio del magistrado pasan permanentemente expedientes por contrabando de estupefacientes.

La falta de resultados y de control en la persecución del blanqueo de plata de origen ilegal y el financiamiento del terrorismo internacional son dos de las razones que pusieron en una incómoda situación a Argentina frente al GAFI, organismo internacional que evalúa los desempeños de cada país en esta materia. Gutiérrez de la Cárcova confirmó estas presunciones al decir que “ el delito de cuello blanco no es fácil de investigar en el país y no hablo nada más de los casos de narcotráfico sino también de las grandes causas de evasión tributaria”. Para el magistrado, las causas de estas falencias están, sobre todo, en que “el sistema judicial argentino no está preparado para enfrentar una mega investigación de evasión fiscal porque las trabas que uno encuentra son innumerables”, cuando en los pasillos del congreso se hablaba del caso Schoklender.

El otro conflicto está en el Estado, explicó el magistrado.

“Ha habido desidia, no complicidad” , sostuvo. Esto es así porque “ha habido otros intereses de todos los poderes ejecutivos de los últimas décadas”. Como ejemplo, dijo: “venimos pidiendo radarización desde el año 90, scanner en el puerto de ultra mar y control migratorio en serio” aunque hasta ahora no tuvieron mayores resultados.

Fuente: http://www.clarin.com/politica/jueces-hablan-desidia_0_491350904.html